Prevenciones legales para las vacaciones
Damián Ferrero-Wenger – Abogado - Asesor Legal Sanatorio Mapaci, S.A./ Mapaci Laboral.S.A
¿Qué hay que tener en cuenta respecto a la cobertura de salud si se viaje dentro o fuera del país.
Inicia la temporada de vacaciones, momento en que resultará importante tener en cuenta ciertas prevenciones legales, relacionadas con la salud y los bienes de las personas. En este primer artículo se abordará la situación con respecto a la salud..
El universo de circunstancias legales -con efectos patrimoniales- relacionadas con la salud de las personas es muy amplio: gastos médicos, hospitalarios, farmacéuticos, odontológicos, traslados sanitarios, atención por accidentes.
Dependiendo si la persona y su familia harán un viaje dentro o fuera del país, deberá considerarse qué cobertura de seguros de medicina prepaga u obra social poseen. Si las vacaciones tendrán lugar dentro del país, la legislación argentina -más específicamente el denominado Programa Médico Obligatorio (PMO)- prevé la cobertura integral de la salud de las personas, por lo que en caso de contingencias médicas acaecidas dentro del país, se contará con el respaldo de aquellas instituciones.
En este punto es importante remarcar la circunstancia que muchas veces sucede en los lugares turísticos, al presentarse situaciones de abusos, al no ser aceptada la cobertura institucional para la atención de la salud , pese a encontrarse en la gran mayoría de los casos obligados a hacerlo, por lo que frente al acaecimiento de una eventualidad de salud en el país, deberá la persona recordar y tener en cuenta que el referido PMO obliga a las Instituciones a enfrentar la casi totalidad de situaciones médicas que pueda tener que enfrentar.
Diferente es la situación cuando se trate de contingencias médicas surgida fuera del país.
Las coberturas que al respecto existen son muy variadas. Usualmente cubren montos mínimos, por lo que es altamente recomendable -según el caso- informarse muy bien al respecto, consultando en relación a dicha diversidad de situaciones que pueden llegar a precisar de cobertura asegurativa, para tener la tranquilidad necesaria .
De manera general, la cobertura que brindan las tarjetas de crédito resultan insuficientes para cubrir contingencias de salud de mediana o gran complejidad.
La actividad aseguradora posee la capacidad para garantizar la atención de las necesidades de salud , brindando tranquilidad, seguridad y protegiendo el patrimonio del Viajero
Frente a tales carencias, y teniendo en cuenta especialmente que las situaciones que se pretenden prevenir suelen ser repentinas, es altamente recomendable - si lo que se busca es tener seguridad en el sentido señalado- contratar seguros que cubran gastos médicos, hospitalarios, gastos de estadía, repatriación, fallecimiento, invalidez, responsabilidad civil, asistencia jurídica, dado que los gastos reseñados suelen ser considerables.
Para ello puede consultarse en la Institución de Salud, de Seguros de Medicina Prepaga, u Obra Social a la cual la persona se encuentra afiliada, o así también en la agencia en la que se contrató el viaje, o en aseguradoras especializadas en esta clase de coberturas.
Asimismo y como información general puede consultarse con provecho la página de Internet: http://www.sssalud.gov.ar, en la que se puede obtener valiosa información.
En la actualidad la actividad aseguradora posee la capacidad para garantizar la atención de las necesidades de salud , brindando tranquilidad, seguridad y protegiendo el patrimonio del Viajero, para lo cual es importante invertir tiempo en pensar las necesidades potenciales, y estudiar las mejores opciones, antes de emprender un viaje.
En el próximo artículo se analizarán las prevenciones a tener en cuenta en relación a los bienes; seguros de vida; seguros de vehículos; protección de activos; uso de tarjeta de créditos; aseguramiento de bienes transportados.