Gestación por sustitución: una realidad posible
Dra. Idelma Serpa. Integrante del Servicio de Medicina Reproductiva de Grupo Gamma
Las técnicas de fertilización asistida presentan un amplio rango de intervenciones para asistir a una pareja infértil; a una pareja del mismo sexo o a una persona sola (mujer o varón) para lograr un embarazo.
Debemos comprender y procesar que los modelos de construcción de familia se han reconfigurado. Así planteado, el término familia se ha ido modificando con el consecuente cambio de los paradigmas sociales. Esas modificaciones socioculturales plantean un desafío para la ciencia. Actualmente, podemos dar respuesta a ello desde la Medicina Reproductiva.
La Gestación por Sustitución emerge como parte de este desafío a la ciencia y puede llegar a ser la única respuesta para algunas personas. Es una técnica de reproducción asistida que permite cumplir el deseo de formar una familia a aquellas mujeres que tienen una contraindicación médica para llevar adelante un embarazo (estando en pareja o no), a varones solos o a varones en pareja que deseen ser padres.
Por lo tanto, se puede recurrir a la Gestación por Sustitución en caso de imposibilidad de gestar por razones de salud, sexo, género u orientación sexual.
Las causas médicas incluyen:
- Ausencia de útero por alteraciones congénitas o adquiridas (como histerectomía)
- Útero disfuncional (presencia de miomatosis múltiple, malformaciones uterinas, entre otros)
- Útero funcional, pero con historia de fallas de implantación o abortos a repetición.
En términos técnicos, la Gestación por Sustitución es una técnica de reproducción humana médicamente asistida por medio de la cual una persona denominada "gestante", sin aportar su material genético (óvulos), lleva adelante un embarazo a partir de la transferencia de un embrión conformado por material genético de el/la/los futuros progenitor/es -que se denominarán "comitentes"- y/o de gametos donados (óvulos y espermatozoides).
Se requiere del trabajo de un equipo multidisciplinario en el que participan los médicos especialistas en Medicina Reproductiva, psicólogos y abogados.
En nuestro país no hay una ley que regule este procedimiento, ni que lo prohíba de manera expresa. Por consiguiente, corresponde aplicar el principio de legalidad en virtud del cual todo lo que no está prohibido está permitido —art. 19 de la Constitución Nacional—.
La Gestación por sustitución conlleva la manifestación de voluntades ante un juez donde una mujer lleva adelante un embarazo para otra persona o pareja, sin aportar su material genético y sin que pueda establecerse ningún vínculo jurídico de filiación con ella.
En Argentina son los comitentes quienes sugieren a la gestante. Se recomienda que sea una mujer de su conocimiento y confianza (aunque esto no es excluyente). Luego es el equipo multidisciplinario del programa de Gestación por sustitución quien aprueba o no a la mujer propuesta, en base a sus condiciones físicas y emocionales.
¿Qué motiva a una mujer a ofrecer su vientre para que otros cumplan su anhelo de ser padres? Según una encuesta realizada a gestantes, la mayoría respondió que disfrutaron del embarazo y el parto. También declararon que el haber gestado al hijo de otros le agregó mayor autoestima y confianza en sí misma. Algunas desarrollaron amistades intensas e inusuales con los padres comitentes. Otras dijeron que se mezclaron sentimientos de felicidad y tristeza luego del parto, aunque fue mayor la satisfacción por el rol que ellas jugaron en la felicidad de los comitentes que los sentimientos encontrados.
Resulta admirable el rol de la mujer que accede a gestar para que otros puedan cumplir el sueño de "maternar".
Hoy, en Rosario, la Gestación por Sustitución es una realidad posible.